D. JOSE ABAD PINO ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA ( CÓRDOBA),

HACE SABER

PRIMERO. De acuerdo a lo establecido en el artículo 155 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, los propietarios de solares DEBERÁN vallarlos con cerramientos permanentes, situados en la alineación oficial y mantenerlos libres de residuos y en condiciones de higiene, seguridad y ornato. La obligación

D. JOSE ABAD PINO ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA ( CÓRDOBA),

HACE SABER

PRIMERO. De acuerdo a lo establecido en el artículo 155 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, los propietarios de solares DEBERÁN vallarlos con cerramientos permanentes, situados en la alineación oficial y mantenerlos libres de residuos y en condiciones de higiene, seguridad y ornato. La obligación incluye la exigencia de desratización y desinfección de los solares.

Asimismo de acuerdo al artículo 3. Condiciones de higiene en inmuebles y entorno urbano recogido en la Ordenanza Municipal sobre la protección de la salubridad pública : tratamiento de plagas y biocidas establece que:

Todas las parcelas y solares no edificados así como los edificios, incluidas sus zonas comunes, áreas ajardinadas e infraestructuras propias de servicios, deberán mantenerse en adecuadas condiciones de limpieza y mantenimiento, evitándose situaciones de insalubridad.

Corresponde a la propiedad de estos bienes inmuebles adoptar las medidas oportunas para evitar estas situaciones.

SEGUNDO. Visto lo anterior y habiéndose comprobado la existencia de solares y parcelas privadas en los que se acumulan gran cantidad de forrajes y residuos, que pueden comportar graves riesgos para la salud y la seguridad de las personas, tanto por la proliferación de plagas, ya sean de insectos, como de animales (roedores) y, cómo no, también por el inminente riesgo de incendio, este Ayuntamiento informa a los propietarios de dichos solares o terrenos sobre la obligación y deber de realizar las oportunas labores de desbroce y limpieza de los mismos. Especialmente aquellos en el interior del casco urbano y otros próximos a lugares habitados.

De esta forma, en caso de persistir la situación actual el Ayuntamiento podría iniciar Expediente de Orden de Ejecución, llegado el caso de no realizarse la limpieza, cobrando posteriormente dichos trabajos de forma subsidiaria.

Lo que hago público a través del tablón de edictos y página web municipal, para general conocimiento, oportunos en La Victoria, a 29 de Mayo de 2020